- A contar del 1 de mayo de 2021, se eleva a $337.000 el ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años y hasta de 65 años.
- A contar del 1 de mayo de 2021, se eleva a $251.394 el ingreso mínimo mensual para los trabajadores menores de 18 años y mayores de 65 años.
- A contar del 1 de mayo de 2021, se eleva a $217.226 el ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales.
- A contar del 1 de mayo de 2021, la asignación familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, regulada por el decreto con fuerza de ley N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, tendrá los siguientes valores según los siguientes tramos:
- De $13.832 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $353.356.
b) De $8.488 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $353.356 y no exceda de $516.114.
c) De $2.683 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $516.114 y no exceda de $804.962.
d) Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares, cuyo ingreso mensual sea superior a $804.962, no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este artículo.
- Sin perjuicio de lo anterior, mantendrán plena vigencia los contratos, convenios y otros instrumentos que establezcan beneficios para estos trabajadores.
- Dichos afiliados y sus respectivos causantes mantendrán su calidad de tales para los demás efectos que en derecho correspondan.